El Gobierno reforma la Ley de Extranjería para conceder la residencia a 15.000 menas y ex tutelados
El Gobierno de Pedro Sánchez ha reformado el Reglamento de la Ley de Extranjería que facilitará la concesión de permisos de residencia y trabajo a hasta 15.000 menores extranjeros no acompañados (menas) y ex tutelados al cumplir la mayoría de edad para tratar de evitar que caigan en la ilegalidad.
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la reforma, pero, su portavoz, la ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez, ha evitado responder a preguntas de los periodistas en la posterior rueda de prensa a cerca de posibles discrepancias en esta materia con el Ministerio del Interior.
Con todo, ha subrayado que la reforma se ha diseñado «en colaboración con once comunidades autónomas y con el tercer sector y que cuenta, para mayor rigor jurídico, con el dictamen del Consejo de Estado». En ese sentido, ha destacado que las propias comunidades llevaba tiempo reivindicando cambios normativos sobre este extremo.
Según la portavoz del Gobierno de PSOE-Podemos, la reforma homologa la normativa española a la del resto de países europeos y ha incidido en que su objetivo es «simplificar los procedimientos administrativos y reducir la documentación que tienen que aportar los menores no acompañados para evitar que lleguen sin papeles a la mayoría de edad».
Asimismo, ha explicado que se busca «preservar la inversión pública» que se hace en ellos mientras son menores, en formación e integración, y facilitar su incorporación al mercado de trabajo para que puedan tener vida independiente
Se trata de una medida que va a beneficiar a un total de 8.000 menores extranjeros no acompañados (menas) y 7.000 de entre 18 y 23 años.
Por su parte, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que ha sido el encargado de diseñar esta reforma, ha señalado a través de un comunicado que este cambio va a favorecer la integración de estas personas y va a evitar que caigan en irregularidad sobrevenida.
En concreto, la reforma del artículo 196 del Reglamento de la Ley de Extranjería simplificará el procedimiento para documentar a los menores: se reduce el plazo para acreditar la imposibilidad de retorno de 9 a 3 meses y, cuando se supere ese plazo, las oficinas de extranjería documentarán de oficio a estas personas. Si se procede a su repatriación, se extinguiría la autorización concedida.
Se incrementa también la duración de los permisos, un informe de la entidad de protección de menores sustituirá a la exigencia actual de un acta notarial y se consolida que las autorizaciones de residencia habiliten para trabajar cuando el menor alcance los 16 años, al igual que los jóvenes autóctonos.
Con la modificación de los artículos 197 y 198 del Reglamento de Extranjería se crea un régimen propio para los menores no acompañados que alcanzan la mayoría de edad.
Cuando cumplan 18 años documentados, se favorece la continuidad de los permisos que tenían como menores y se reduce la exigencia de acreditar medios suficientes para subsistir: será suficiente demostrar ingresos similares al ingreso mínimo vital que se tendría derecho a percibir como hogar unipersonal (470 euros al mes actualmente) y podrán computar los ingresos procedentes de un empleo o del sistema social.
Si llegan a la mayoría de edad sin documentar, podrán acceder a permiso de residencia y trabajo con los mismos requisitos, siempre teniendo en cuenta sus «informes sobre esfuerzo de integración, continuidad de estudios o formación».